viernes, 5 de mayo de 2006

ORDENANZA DE RESERVA -PEATONAL Y BICISENDA

ORDENANZA
SECCIÓN PRIMERA
Reglamentación de tránsito vehicular

Artículo 1°) En las arterias conocidas como avenida Las Camelias, en el tramo comprendido entre la avenida 5 y la avenida 7; y la Avenida 6 en el tramo comprendido entre Av. Interbalnearia y Costanera, de la localidad de costa del Este; limítase el tránsito exclusivamente al paso peatonal y bicicletas.
Artículo 2°) Excluyese de la restricción antecedente a los vehículos de seguridad o bomberos, que en el cometido de sus funciones necesite recorrer el lugar en sus respectivos móviles; y a personas discapacitadas motrices o de avanzada edad (mas de sesenta y cinco años) que acrediten esa circunstancia de conformidad con el artículo siguiente.
Artículo 3°) Aquellos particulares que se encuentren comprendidos dentro de la excepción antecedente, podrán gestionar gratuitamente un permiso de tránsito vehícular en la Delegación Municipal de Mar del Tuyú y Costa del Este, quien verificada en forma sumaria la circunstancia excepcionante proveerán al interesado de una oblea identificatoria, que deberá pegarse en el parabrisa trasero del vehículo que los transporte.
Artículo 4°) Instálense vallas móviles de acceso (barreras) al principio de cada uno de los tramos de limitación vehícular.


SECCIÓN SEGUNDA
REBAUTISMO DE ARTERIA

Artículo 5°) Rebautízace el tramo de la avenida Las Camelias, entre la avenida 5 y la avenida 7 de Costa del Este con el nombre de “Paseo Emilio DOURAS”, y déjase sujeto a la reglamentación los detalles de la ceremonia de rebautismo.-Artículo 6°) Comuníquese al Departamento ejecutivo a sus efectos.

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